Los poderes notariales son instrumentos públicos por los cuales una persona (poderdante) faculta a otra (apoderado) para representarla y realizar actos jurídicos en su nombre con la misma validez que si los efectuara personalmente. Este mandato se formaliza ante escribano, quien verifica la capacidad, la voluntad y el alcance de las facultades delegadas, otorgando seguridad jurídica preventiva.
Existen distintos tipos de poderes según su finalidad:
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General – confiere facultades amplias para administrar bienes, realizar gestiones bancarias, celebrar contratos o litigar.
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Especial – se limita a un acto concreto (por ejemplo, vender un inmueble, cobrar un crédito o inscribir un vehículo).
Cada poder se documenta en escritura pública, detallando datos de las partes, objeto, facultades, plazo y causales de extinción. El escribano incorpora la matriz a su protocolo, dejando constancia indubitable y permitiendo la expedición de copias autenticas o digitales con código de verificación.
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